La Corte Suprema permitió la venta de tierras a extranjeros sin restricciones

La Corte Suprema rechazó un reclamo de veteranos de Malvinas por cuestiones técnicas, lo que habilitó la vigencia del decreto 70/2023 que deroga la Ley de Tierras.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el reclamo presentado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del DNU 70/2023. Con esa sentencia, quedó habilitada la vigencia del decreto presidencial que deroga la Ley de Tierras y permite la liberalización del mercado de tierras para compradores extranjeros sin restricciones.
En una resolución de ocho páginas, los tres ministros de la Corte —Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz— rechazaron el planteo mediante un argumento técnico: consideraron que los excombatientes carecían de legitimación para impulsar una acción colectiva y que no existía un "caso" constitucionalmente configurado.
El decreto que el Senado rechazó
El gobierno nacional intentó avanzar con la derogación de la Ley de Tierras a través del DNU 70/2023, un decreto que desreguló la economía y eliminó otras normas como la de Abastecimiento, Alquileres, Góndolas y Compre Nacional. Sin embargo, en el Senado enfrentó rechazo popular en defensa de la soberanía y tuvo que excluir toda referencia a la venta de tierras a extranjeros.
Antes de la sentencia de la Corte, un fallo de la Cámara Federal de La Plata había declarado la inconstitucionalidad de esa disposición presidencial, lo que mantuvo vigente la Ley de Tierras por un tiempo.
La decisión de la Corte y sus implicancias
La Corte Suprema no se pronunció sobre el fondo de la cuestión constitucional ni evaluó si era necesaria la derogación de la Ley de Tierras. En su lugar, desestimó la demanda argumentando que el CECIM carecía de legitimación para actuar en representación de intereses colectivos y que la soberanía no constituye un bien jurídico protegible.
Esta interpretación fue cuestionada por los veteranos de Malvinas, quienes enfatizaron que resulta contradictorio que una agrupación de exsoldados conscriptos combatientes no pueda recurrir a la Justicia en defensa de la soberanía nacional.
La postura de los excombatientes
El CECIM emitió un comunicado en el que señaló que "la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido". La organización destacó que, mientras "el pueblo gritó con fuerza 'LA PATRIA NO SE VENDE'", la Corte entendió que no existe un bien jurídico llamado soberanía.
"Dijo que este grupo de exsoldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía", agregaron en el comunicado, calificando de "extraño razonamiento" la fundamentación de los ministros.
El alcance del DNU 70/2023
Desde su publicación poco después de que Javier Milei asumiera la presidencia en 2023, el DNU 70/2023 ha sido objeto de múltiples cuestionamientos. Aunque algunos de sus artículos fueron suspendidos por fallos aislados de otras instancias judiciales, la mayor parte de sus disposiciones se mantuvieron vigentes.
Con la sentencia de la Corte Suprema, la habilitación de la venta de tierras a extranjeros sin límites queda ahora consolidada en el marco legal, eliminando una restricción que había sido considerada importante para la defensa de la soberanía territorial.
El gobierno nacional logró en la justicia lo que no había conseguido en el Congreso de la Nación, donde enfrentó resistencia legislativa a la idea de permitir la extranjerización de tierras argentinas.
Conocé más sobre esta decisión de la Corte y sus implicaciones para el país.




