Mendoza aprueba multas y arresto por tirar basura en cauces de agua

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que endurece castigos para quienes arrojen residuos en espacios públicos y cursos de agua.
La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó por unanimidad un proyecto que modifica el Código Contravencional para establecer sanciones más severas contra quienes arrojen residuos en cauces de agua e infraestructura hídrica. La iniciativa fue girada al Senado para su tratamiento.
La propuesta, que surgió de un despacho que compatibilizó iniciativas de Gustavo Perret (PJ), Franco Ambrosini (UCR) y Cecilia Rodríguez (UCR-MC), busca modificar el artículo 127º de la Ley 9.099.
Castigos para conductas generales
Para quienes arrojen residuos, escombros, malezas, aguas servidas o metales en vías públicas, plazas, parques, acequias, canales o cursos de agua, se prevén multas entre 1.000 y 2.000 Unidades Fijas (UF). A esto se suma arresto de 10 a 20 días y 30 días de trabajo comunitario dedicado a tareas de limpieza.
Adicionalmente, el infractor deberá reparar los daños ocasionados y reintegrar los gastos de limpieza, remoción y traslado de los elementos arrojados.
Sanciones específicas para cauces de agua
Las conductas que afecten directamente canales, colectores, acueductos, cauces de agua, cauces aluvionales, hijuelas, acequias y obras de drenaje pluvial conllevan sanciones más severas: multas de 1.500 a 3.000 UF, arresto de 15 a 25 días y 25 días de trabajo comunitario.
La norma establece que la infracción se considera consumada con la sola realización de la conducta, sin necesidad de comprobar daño efectivo. Esto incluye obstrucción, contaminación, desborde o cualquier afectación a la infraestructura.
Responsabilidad de menores y personas jurídicas
En casos de infracciones cometidas por menores de edad, los padres, tutores o guardadores responden solidariamente por los gastos de reparación y reintegro conforme a la normativa vigente.
Cuando las conductas se cometan en nombre, amparo, interés o beneficio de una persona jurídica, ésta podrá ser sancionada con multas de 5.000 a 10.000 UF, sin perjuicio de sanciones accesorias adicionales.
Agravantes en emergencias climáticas
El proyecto incorpora disposiciones especiales que consideran agravantes los casos ocurridos durante emergencias hidrometeorológicas, como el fenómeno El Niño. Esto fortalece la protección de la infraestructura hídrica en períodos críticos cuando los cauces y sistemas de drenaje están bajo presión máxima.
La iniciativa busca disuadir conductas que comprometan sistemas vitales de agua y drenaje, fundamentales para la región durante emergencias climáticas. La aprobación unánime en Diputados refleja consenso sobre la necesidad de proteger recursos hídricos en una provincia donde el agua es escaso y estratégico.
Ahora el proyecto debe ser tratado en el Senado para completar su sanción legislativa y convertirse en ley.
(Fuente: Mendoza Today)
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